Han transcurrido ya más de tres meses tras la firma del acuerdo de la cumbre de París, y ya se ha extinguido la euforia en los medios. El día 16 de febrero se ha iniciado formalmente el periodo de firma oficial del acuerdo en la Secretaría de las Naciones Unidas, y quizás sea el momento de, en un análisis más sereno, repasar los puntos más importantes del mismo y sus implicaciones.
- En primer lugar, se debe destacar la universalidad del acuerdo alcanzado. La práctica totalidad de las naciones representadas en la ONU han participado en la cumbre, y han firmado el acuerdo. Además de las naciones, han participado representantes regionales, locales, CEOs de empresas y ONGs, que también se han sumado al acuerdo, aportando sus propios compromisos de lucha contra el cambio climático.
- Hay que tomar en cuenta también la fórmula jurídica elegida para conseguir la vinculación jurídica de los países firmantes. Se ha optado por la fórmula de acuerdo («agreement»), que aunque da el mínimo nivel de vinculación exigido en derecho internacional, es un instrumento legal vinculante. Ya han presentado la ratificación más de 80 países, no se han producido «vetos» (como el de EE.UU. al protocolo de Kioto), y se prevé que en abril de 2016 pueda ratificarse formalmente y entrar en vigor.
- Pese a que no se contemplan sanciones, el acuerdo contempla la exposición pública (“público avergonzamiento”) de los países que no cumplan sus compromisos -voluntariamente asumidos; así como la pérdida de las generosas ayudas que conlleva el plan. Las declaraciones de emisiones que deben realizar todos los países ganan en trasparencia, ya que deben ser auditadas por terceros. Y la revisión bienal y actualización de objetivos, conforme a la evolución de los calentamientos, se contemplan en el mismo acuerdo, que en principio no tiene una duración predefinida (como el de Kioto que llegaba sólo a 2020).
- Las ayudas están articuladas en el desarrollo integral de los países menos desarrollados. Contemplan objetivos tanto de mitigación de emisiones (planes de reducción, transferencias tecnológicas, capacidad industrial…); como de adaptación al cambio climático (adaptación de infraestructuras, resiliencia a los cambios, vulnerabilidades al clima…) que se está produciendo.
- Los 100.000 millones de dólares anuales que aportarán los países desarrollados a los países en desarrollo y a los menos desarrollados, provendrán de fondos públicos, privados, o de sectores empresariales relevantes. Cada país desarrollado regulará en su legislación la aportación de los sectores empresariales a dicho fondo.
- Finalmente, el objetivo fijado en el Acuerdo de limitar el calentamiento a 2 K respecto a los valores preindustriales (con la recomendación de reducirlo a 1,5 K), no va a evitar que haya un cierto cambio climático en el Planeta; pero no se producirá una desestabilización del clima, lo que sí tendría unas consecuencias catastróficas. Con la suma de todos los compromisos nacionales de reducción de emisiones que se presentaron durante la celebración de la cumbre de París, se ha calculado que el calentamiento en 2100 alcanzaría los 2,7 K, lo que puede producir la completa desestabilización del clima, lo que si sería catastrófico. Por eso es necesario que todos los países aumenten aún más el esfuerzo en la lucha contra el cambio climático para alcanzar el objetivo.
- Ahora bien, quizás lo más importante es la señal que todas las partes participantes en la cumbre de París han lanzado con su acuerdo unánime. Es necesario ir hacia un nuevo modelo de desarrollo económico, social y medioambiental, que permita el progreso de todos los países de manera sostenible. Es un mensaje que han entendido los representantes nacionales, regionales, locales, las organizaciones no gubernamentales, los CEOs de las grandes empresas… y que debemos entender y asumir cada uno de nosotros.
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