Todas las claves del Programa de Rehabilitación Energética de Edificios (PREE)

El pasado 6 de agosto se publicaba en el BOE el Real Decreto 737/2020, por el que se regula el programa de ayudas para la rehabilitación energética en edificios existentes – Programa de Rehabilitación Energética de Edificios (PREE)- y la concesión directa de dichas ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla.

Este programa destinará 300 millones de euros del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, ampliables y que podrán ser cofinanciados a través de fondos FEDER, para ayudas directas a actuaciones de mejora de la eficiencia energética en edificios construidos antes de 2007.

El PREE contribuirá a la consecución del Plan Nacional de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, que busca que al final de esta década el 74% del sistema eléctrico español sea de origen renovable y que se alcance la neutralidad climática en 2050.

¿Quién puede beneficiarse?

El PREE estará coordinado por el Instituto de la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y las ayudas se gestionarán a través de las Comunidades y Ciudades Autónomas, que deberán realizar y publicar sus respectivas convocatorias. Las ayudas se han distribuido entre las distintas regiones en función del número de primeras viviendas censadas en el INE y sus solicitudes no podrán ser posteriores al 31 de julio de 2021.

Las ayudas irán destinadas a comunidades de propietarios, comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía, así como a propietarios individuales de edificios – sean personas físicas o jurídicas -, agrupaciones de propietarios de edificios, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, empresas o proveedores de servicios energéticos y entidades locales.

Por otro lado, las actuaciones subvencionables deberán realizarse sobre un edificio de viviendas, vivienda unifamiliar o edificio con uso diferente al de vivienda. De forma excepcional se podrán considerar subvencionables las actuaciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio consideradas individualmente o sobre partes de un edificio. En cualquier caso, deberá acreditarse que la rehabilitación mejora la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra, medida en la escala de emisiones de CO2 (kg CO2 /m2 año), con respecto a su calificación energética inicial.

¿Qué actuaciones son subvencionables?

Las actuaciones subvencionables por el PREE corresponderán a tres tipologías:

  1. Mejora de la envolvente térmica del edificio
  2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas – calefacción, climatización o producción de agua caliente sanitaria, entre otras
  3. Mejora de las instalaciones de iluminación

En lo que respecta a la segunda tipología, la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, el programa contempla alternativas como la sustitución de la energía convencional por solar térmica, geotérmica o biomasa. También incluye la mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación no incluidos anteriormente, como la bomba de calor, o de subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas. En este apartado se contemplan los sistemas de domótica, monitorización y otros sistemas digitales que permitan una mejor gestión y la reducción del consumo energético del edificio.

En concreto, los sistemas de control y gestión, BMS, están incluidos en estas ayudas como elementos auxiliares adicionales que ayudan a mejorar la eficiencia energética. Sin embargo, su aplicación por sí solos, al no estar contemplada en los programas de calificación energética de edificios, serán de difícil subvención. En este sentido, el IDAE está trabajando para modificar dichos programas y que los BMS queden claramente contemplados.

¿Qué ayudas ofrece?

Las ayudas ofrecidas dentro del programa PREE serán del 35% del coste de la actuación, excepto en las mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación, en las que serán del 15%. Si se opta por subvencionar rehabilitaciones en viviendas individuales, el porcentaje será del 25% para el caso de envolventes e instalaciones térmicas y del 15% en actuaciones de iluminación.

Dicho esto, el programa contempla diversos casos especiales. Así, los consumidores acreditados como vulnerables y que sean beneficiarios del bono social verán incrementados los porcentajes de ayuda en un 15% y, en el caso de actuaciones en edificios de viviendas que se encuentren acogidos a algún régimen de protección pública y en aquellos que se ubiquen en Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas o Rurales, se aplicará un 15% de mejora en el porcentaje de ayudas. Además, las comunidades de energías renovables o las comunidades ciudadanas de energía tendrán derecho a ayuda adicional en función del gasto subvencionable, llegando al 20% adicional en caso de la mejora de la envolvente térmica.

También verán incrementadas las ayudas, concretamente en un 15%, aquellas actuaciones que eleven la calificación energética del edificio hasta la etiqueta energética “A”. Las que eleven su etiqueta hasta la “B”, tendrán un incremento de la ayuda de un 10% y del 5% si la mejora es de dos letras respecto a la situación de partida.

Y, en las actuaciones en las que se incluyan dos tipologías de actuación, el aumento de la ayudas será del 20%, siempre y cuando una de las mejoras sea sobre la envolvente térmica que suponga una disminución de demanda energética global de calefacción y refrigeración del 30% y, además, que se combine con otra actuación sobre la instalación térmica que suponga al menos la sustitución del 60% de la potencia de generación térmica existente (en el caso de los edificios de uso diferente a la vivienda, con mejoras sobre la iluminación que impliquen un ahorro del 25% por ese concepto).

En cualquier caso, una de las tipologías de actuación podrá ser sustituida por la realización de una instalación solar fotovoltaica o de otra tecnología renovable de generación eléctrica, con o sin acumulación, destinada al autoconsumo del edificio cuando su potencia instalada sea como mínimo del 10% de la potencia eléctrica contratada.

Una vez recibidos los fondos de recuperación europeos, es previsible que el programa PREE se vea ampliado.

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